Programas formativos bonificados
Las empresas que invierten parte de su tiempo y presupuesto en formar a sus trabajadores, obtienen beneficios tanto económicos como estratégicos, que de otro modo no podrían conseguir.
Además de lo que en sí representa el beneficio de la formación, el Sistema de Bonificaciones implica un beneficio económico y fiscal para la empresa, ya que supone una deducción directa del importe de la formación en las cuotas de la Seguridad Social, así como una deducción de hasta un 10% del importe de la formación en el Impuesto de Sociedades.
Uno de los tres subsistemas que configuran el Sistema de la Formación Profesional en España, junto a la Formación Profesional Reglada y la Formación Profesional Ocupacional, es la Formación Profesional Continua.
Su finalidad es proporcionar a los trabajadores ocupados la formación que puedan necesitar a lo largo de su vida laboral, con el fin de adquirir los conocimientos y prácticas necesarios para los requerimientos que en cada momento precisen las empresas, y les permita compatibilizar una mayor competitividad, con la mejora de la capacitación profesional y la promoción individual del trabajador.
Es de suma importancia que el Programa Formativo se adapte a las necesidades que la empresa demanda de sus trabajadores, formándolos para que mejoren sus perfiles y competencias. En ESF disponemos de un equipo multidisciplinar de profesionales que te asesorará en el diseño y desarrollo de dicho programa.
Cómo calcular la bonificación
Cada empresa dispone de un crédito para financiar la formación de sus trabajadores. Si una empresa desea beneficiarse de estas subvenciones estatales, lo primero que debe hacer es conocer su crédito de formación.
Puede calcularse recopilando todos los TC1 mensuales de la empresa y sumando las cantidades de la casilla 501. A la cantidad resultante se le aplica el 0,7%, que es la parte proporcional destinada a Formación Profesional. La cuantía total es el resultado.
Para obtener el crédito de formación debe aplicarse a la cuantía ingresada el porcentaje de bonificación establecido para el año correspondiente por la Ley anual de Presupuestos del Estado, en función del tamaño de la empresa:
- Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100% de Bonificación.
- Empresas de 10 a 49 trabajadores: 75% de Bonificación.
- Empresas de 50 a 249 trabajadores: 60% de Bonificación.
- Empresas de 250 o más trabajadores: 50% de Bonificación.
NOTA: para las Empresas de 1 a 5 trabajadores el crédito se establece en 420,00 € por empresa.
Una vez que el crédito haya sido determinado, podrá utilizarse para las diferentes necesidades de acción formativa que la empresa requiera.
El modo en que se distribuye es decisión de la propia empresa, y estará condicionado únicamente por los llamados costes máximos bonificables aplicables a cada acción formativa.
Cuál es el coste máximo que mi empresa puede bonificarse
El coste máximo bonificable es la cantidad máxima que una empresa puede deducirse de una determinada acción formativa. Se estipula por los módulos económicos máximos, reflejados a continuación:
| MODALIDAD IMPARTIDA |
NIVEL DE FORMACIÓN |
|
BÁSICO |
MEDIO-SUPERIOR |
| Presencial |
9 € |
13 € |
| A distancia |
5,5 € |
|
| Teleformación |
7,5 € |
|
| Mixta |
En función de las horas de formación presencial y a distancia o teleformación de la acción. |
En función de las horas de formación presencial y a distancia o teleformación de la acción. |
Paradigma:
Si una empresa x contrata un programa formativo presencial de nivel-medio-superior de 16 horas para 6 de sus empleados podrá bonificarse 1.248 €.
1.248€ es el resultado de multiplicar el número de horas de formación por el nº de empleados que reciben la formación y por el coste máximo bonificable para la formación presencial de nivel medio-superior.
ESF ofrece sus servicios para facilitar los trámites administrativos y de ejecución de las acciones formativas.
Si lo deseas, puedes realizar un cálculo del crédito que le sería asignado a tu empresa.
Solicitar Información